Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito - Código de Tránsito

Artículo 275

Obligaciones del conductor implicado en un accidente de tránsito.

El conductor implicado en un accidente de tránsito debe:

1) Detener en el acto el vehículo que conduce, sin obstruir ni generar un nuevo peligro para la seguridad del tránsito, permaneciendo en el lugar hasta la llegada del Efectivo de la Policía Nacional del Perú, asignado al control del tránsito, interviniente.

2) Suministrar sus datos y presentar los documentos que le requiera el Efectivo de la Policía Nacional del Perú interviniente.

3) En caso de accidentes con víctimas, dar el auxilio inmediato a las personas lesionadas, hasta que se constituya la ayuda médica.

4) Señalizar adecuadamente el lugar, de modo que se evite riesgos a la seguridad de los demás usuarios de la vía;

5) Evitar la modificación o desaparición de cualquier elemento útil a los fines de la investigación policial.

6) Denunciar inmediatamente la ocurrencia del accidente de tránsito ante la Comisaría de la Policía Nacional del Perú de la jurisdicción; y someterse al dosaje etílico.

7) Comparecer y declarar ante la Autoridad, cuando sea citado.

Cuando el conductor del vehículo se encuentre físicamente incapacitado como consecuencia del accidente, cualquier ocupante del vehículo u otra persona que tenga conocimiento del hecho, debe en cuanto corresponda cumplir con lo previsto en el presente artículo.

Comentario

El artículo 275 establece un catálogo de obligaciones que debe cumplir el conductor implicado en un accidente de tránsito, tanto de carácter inmediato (detención, auxilio, señalización) como de colaboración con la autoridad (identificación, denuncia, dosaje etílico, comparecencia). Estas obligaciones buscan asegurar la seguridad vial, facilitar la investigación policial y proteger a las víctimas.

Temas: obligaciones del conductor en accidente de tránsito, seguridad vial y auxilio a víctimas, colaboración con autoridad policial, responsabilidad inmediata en lugar del accidente, investigación de accidentes y preservación de indicios, dosaje etílico y alcohol al volante