Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito - Código de Tránsito

Artículo 238

Emisión de ruidos.

Está prohibido que los vehículos produzcan ruidos que superen los niveles máximos permitidos establecidos en el Reglamento Nacional de Vehículos.

Comentario

El artículo 238 prohíbe que los vehículos produzcan ruidos superiores a los niveles máximos fijados en el Reglamento Nacional de Vehículos. La norma establece un estándar de control ambiental y de seguridad vial mediante la limitación de emisiones acústicas.

Temas: contaminación acústica vehicular, estándares técnicos de ruido, responsabilidad del conductor, circulación vial segura, protección ambiental, infracciones de tránsito