Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito - Código de Tránsito
Artículo 208
Detención ante vehículo de transporte escolar.
Todo conductor que se aproxime a un vehículo de transporte escolar detenido en la vía, recogiendo o dejando escolares, detendrá el vehículo que conduce detrás de éste y no reiniciará la marcha para intentar adelantarlo hasta que haya culminado el ascenso o descenso de los escolares.
Comentario
El artículo ordena que todo conductor debe detener su vehículo detrás de un transporte escolar que se encuentra detenido en la vía durante el ascenso o descenso de escolares, y prohíbe reiniciar la marcha o intentar adelantarlo hasta que esa operación haya terminado. Busca garantizar la seguridad de los menores durante el embarque y desembarque.
Temas: seguridad de menores en circulación vial, transporte escolar, obligaciones del conductor, detención preventiva, vulnerabilidad de grupos especiales