Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito - Código de Tránsito
Artículo 137
Líneas continuas delimitadoras de carriles e islas.
Está prohibido circular sobre líneas continuas delimitadoras de carriles o de sentidos de tránsito o islas canalizadoras, de refugio o divisorias del tránsito.
Comentario
Establece la prohibición de circular sobre líneas continuas que delimitan carriles, sentidos de tránsito o islas canalizadoras. La infracción constituye conducta prohibida que afecta el orden y seguridad vial al comprometer la delimitación de espacios de circulación.
Temas: señalización horizontal, marcas viales, delimitación de carriles, seguridad vial, prohibición de circular, infracciones de tránsito