Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito - Código de Tránsito
Artículo 11
Clasificación y nomenclatura.
La clasificación y nomenclatura de las vías se encuentran establecidas en el Reglamento Nacional de Jerarquización Vial, al que se sujetarán las Autoridades competentes en sus respectivas jurisdicciones.
Comentario
El artículo 11 establece que la clasificación y nomenclatura de las vías se rigen por el Reglamento Nacional de Jerarquización Vial, vinculando a todas las autoridades competentes en sus jurisdicciones. Confiere validez normativa a un instrumento reglamentario específico como marco obligatorio para la organización del sistema vial nacional.
Temas: clasificación vial, nomenclatura vial, jerarquización de vías, autoridades competentes, uniformidad normativa territorial, remisión reglamentaria