Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones
Sexta. Trabajadores pertenecientes a regímenes previsionales distintos al SNP
Mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas se establecerá los mecanismos para garantizar el derecho de los trabajadores pertenecientes a regímenes previsionales distintos al Sistema Nacional de Pensiones a incorporarse al Sistema Privado de Pensiones.
Comentario
La Sexta Disposición Final y Transitoria autoriza al Poder Ejecutivo a establecer, por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, los mecanismos que permitan a trabajadores afiliados a regímenes previsionales distintos del SNP incorporarse al Sistema Privado de Pensiones. Esta norma crea una competencia reglamentaria para facilitar la portabilidad o migración entre sistemas de pensiones.
Temas: portabilidad previsional, migración entre sistemas de pensiones, libertad de afiliación, decreto supremo como instrumento de ejecución, derechos adquiridos en regímenes previos, refrenda ministerial