Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo

Artículo 81

No están amparadas por la presente norma las modalidades irregulares, tales como paralización intempestiva, paralización de zonas o secciones neurálgicas de la empresa, trabajo a desgano, a ritmo lento o a reglamento, reducción deliberada del rendimiento o cualquier paralización en la que los trabajadores permanezcan en el centro de trabajo y la obstrucción del ingreso al centro de trabajo.

Comentario

El artículo 81 excluye del amparo legal de la huelga las modalidades irregulares o atípicas de conflicto laboral que no constituyen paralización total del trabajo. Estas conductas, aunque disruptivas, carecen de protección legal por no ajustarse a los requisitos formales de la huelga reconocida por la ley.

Temas: huelga irregular, modalidades de conflicto laboral, paralización total y parcial, sabotaje y boicot laboral, derecho de huelga y límites, acción sindical sin amparo legal