Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo
Artículo 38
Las federaciones y confederaciones se rigen por todo lo dispuesto para los sindicatos, en lo que les sea aplicable.
Comentario
El artículo 38 establece que las federaciones y confederaciones, como organizaciones sindicales de nivel superior, deben aplicarse a sí mismas las reglas regulatorias de los sindicatos en cuanto sean compatibles con su naturaleza y funcionamiento. Esta norma procura homogeneizar el régimen jurídico de las distintas formas de organización sindical.
Temas: libertad sindical, sindicatos de nivel superior, federaciones y confederaciones, remisión normativa, homogeneización regulatoria, compatibilidad normativa