Artículo 9. Funciones del Verificador Responsable
9.1 El Verificador Responsable del trámite de regularización organiza la documentación que se acompaña al FOR y, bajo su responsabilidad, emite el Informe Técnico de Verificación y declara que los planos que se adjuntan corresponden a la realidad física existente, dejando constancia de las observaciones que formula.
9.2 Cuando la naturaleza de la edificación en proceso de regularización lo requiera, el Verificador Responsable comunicará a la entidad rectora correspondiente que se requiere de un Informe Técnico de Verificación Ad Hoc, y cancelará los derechos que esta verificación especializada requiera, con base en las tarifas que se señalen para el efecto en la resolución ministerial a la que se refiere la Tercera Disposición Transitoria del presente Reglamento. Las constancias del cumplimiento de este trámite y de su pago, se anotarán en el formulario del Informe Técnico de verificación.
" 9.3 A efectos de la actualización registral, el Verificador Responsable verifica que el predio cumpla con las condiciones y los requisitos establecidos en el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación, suscribiendo el Formulario correspondiente” .
Comentario
El artículo 9 establece las funciones del Verificador Responsable en el trámite de regularización de edificaciones: organizar documentación, emitir el Informe Técnico de Verificación certificando correspondencia entre planos y realidad física, solicitar verificaciones especializadas cuando sea necesario, y verificar el cumplimiento de requisitos de habilitación urbana y edificación para actualización registral.
Temas: verificador responsable, informe técnico de verificación, correspondencia planos-realidad, verificación ad hoc, actualización registral, habilitación urbana y edificación