Artículo 140. Derechos de los arrendatarios u otros poseedores
Son derechos de los arrendatarios u otros poseedores:
a) Ejercer el uso y disfrute exclusivo sobre su sección, sujeto únicamente a las limitaciones que les imponga su contrato, o el Reglamento Interno.
b) Efectuar cualquier acondicionamiento o instalación interna que le convenga, en forma independiente a los demás poseedores, dentro del espacio ocupado por su sección, siempre que cuente con autorización del propietario
c) Ejercer el uso y disfrute de los bienes y servicios comunes, sin más limitación que el uso y disfrute legítimo de los demás poseedores sobre dichos bienes y servicios.
d) Reclamar ante la Administración o Junta de Propietarios cuando el mantenimiento o prestación de los servicios comunes no sean los adecuados.
e) Participar con voz en las reuniones de la Junta en los asuntos relativos a los servicios y gastos comunes, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento Interno.
f) Reclamar ante la Junta de Propietarios o la Administración, respecto de las acciones de otros ocupantes de secciones exclusivas que perjudiquen sus intereses o violen el Reglamento Interno.
g) Reclamar ante las autoridades competentes frente a las acciones o decisiones de la Junta de Propietarios que lesionen sus derechos o violen el Reglamento Interno o las normas vigentes.
h) Ejercer los demás derechos que les otorgue la Ley o el Reglamento Interno.
Comentario
El artículo reconoce un catálogo de derechos a los arrendatarios y otros poseedores de secciones de propiedad exclusiva en edificios o conjuntos inmobiliarios. Estos derechos incluyen el uso y disfrute exclusivo de su sección, la realización de acondicionamientos internos autorizados, el uso de bienes comunes, la participación con voz en asuntos comunes, y el acceso a mecanismos de reclamo ante la administración, la Junta de Propietarios y autoridades competentes.
Temas: poseedores de secciones exclusivas, derechos de arrendatarios en propiedad común, uso y disfrute de bienes comunes, participación en decisiones de gasto común, mecanismos de reclamación y tutela de poseedores, régimen de unidades inmobiliarias