Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 27157, Ley de Regularización de Edificaciones, del Procedimiento para la Declaratoria de Fábrica y del Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Común

Artículo 124. Alcances

Las sanciones derivadas de las infracciones, faltas o violaciones a las normas contenidas en la Ley y este Reglamento, alcanzan a los propietarios, proyectistas, responsables de obra, delegados de los colegios profesionales, delegados ad hoc de las entidades normativas, funcionarios y empleados municipales.

Son aplicadas por los funcionarios municipales responsables de la tramitación de las Licencias de Obra y Control Urbano, respectivamente, de acuerdo con los reglamentos municipales vigentes.

Cada entidad que interviene en el proceso de Licencia de Obra, declaratoria de fábrica o regularización deberá supervisar y controlar el desempeño de sus funcionarios, empleados, consultores y/o delegados, y aplicará las sanciones que sus normas y reglamentos prevén en caso de incumplimiento de las funciones, deberes y responsabilidades que la Ley o este reglamento les atribuye, sin perjuicio de las sanciones penales o civiles que pudiese aplicarse al responsable si la falta lo amerita.

Quien se considere afectado por la conducta funcional de alguna de las personas mencionadas en el párrafo anterior podrá recurrir a la entidad correspondiente, a mérito de denunciar este hecho.

Comentario

El artículo 124 establece el alcance subjetivo de las sanciones por infracciones a la Ley de Regularización de Edificaciones y su Reglamento, identificando a los sujetos pasibles de sanción y asignando competencia a los funcionarios municipales para su aplicación conforme a los reglamentos municipales. Además, impone a cada entidad intervencional el deber de supervisar a su personal y aplicar sanciones, sin perjuicio de responsabilidades penales o civiles, y reconoce el derecho de quienes se sientan afectados a presentar denuncias ante la entidad competente.

Temas: responsabilidad administrativa en procedimientos de construcción, sanciones a profesionales técnicos y funcionarios, control municipal de edificaciones, denuncias por conducta funcional, concurrencia de responsabilidades