Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27584 - Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo

Artículo 48. Actos administrativos contrarios a la sentencia

Son nulos de pleno derecho los actos y disposiciones contrarios a los pronunciamientos de las sentencias que se dicten con la finalidad de eludir el cumplimiento de éstas.

(Texto según el artículo 44 de la Ley Nº 27584)

Comentario

Establece la nulidad ipso iure de los actos y disposiciones administrativos dictados con posterioridad a una sentencia contencioso-administrativa que contravengan sus pronunciamientos y busquen eludir su cumplimiento. Opera como mecanismo de protección de la eficacia y autoridad de la cosa juzgada.

Temas: cosa juzgada, nulidad de pleno derecho, ejecución de sentencias, control administrativo, actos elusivos