Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería

Artículo 74

El valor de adquisición de las concesiones, se amortizará a partir del ejercicio en que de acuerdo a ley corresponda cumplir con la obligación de producción mínima, en un plazo que el titular de actividad minera determinará en ese momento, en base a la vida probable del depósito, calculada tomando en cuenta las reservas probadas y probables y la producción mínima obligatoria de acuerdo a ley. El plazo así establecido deberá ser puesto en conocimiento de la Administración Tributaria al presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio en que se inicie la amortización, adjuntando el cálculo correspondiente.

El valor de adquisición de las concesiones incluirá el precio pagado, o los gastos de petitorio, según el caso.

Igualmente, incluirá lo invertido en prospección y exploración hasta la fecha en que de acuerdo a ley corresponda cumplir con la producción mínima, salvo que se opte por deducir lo gastado en prospección y/o exploración en el ejercicio en que se incurra en dichos gastos.

Cuando por cualquier razón la concesión minera fuere abandonada o declarada caduca antes de cumplir con la producción mínima obligatoria, su valor de adquisición se amortizará íntegramente en el ejercicio en que ello ocurra. En el caso de agotarse las reservas económicas explotables, hacerse suelta o declararse caduca la concesión antes de amortizase totalmente su valor de adquisición; podrá, a opción del contribuyente, amortizarse de inmediato el saldo, o continuar amortizándose anualmente hasta extinguir su costo dentro del plazo originalmente establecido.

(Art. 135, Dec. Leg. Nº 109).

Comentario

El artículo 74 regula la amortización del valor de adquisición de concesiones mineras, permitiendo que el titular determine el plazo de depreciación conforme a la vida probable del depósito y la producción mínima obligatoria. Establece cuáles son los componentes del valor amortizable y las reglas especiales para supuestos de abandono, caducidad o agotamiento de reservas.

Temas: amortización de concesiones mineras, vida probable del depósito, valor de adquisición, producción mínima obligatoria, tratamiento tributario de gastos de exploración, caducidad y abandono de concesiones