Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería

Artículo 66

Por resolución de la Jefatura del Registro Público de Minería se declarará la caducidad, abandono, nulidad, renuncia y cancelación de las concesiones y petitorios, en cada caso o colectivamente, efectuándose la inscripción pertinente en dicho Registro.

(Art. 123, Dec. Leg. Nº 109, Novena Disposición Final, Dec. Leg. Nº 708 y D.S. Nº 002-92-EM/VMM).

" Las áreas de petitorios o concesiones formuladas bajo el sistema de coordenadas UTM referidas al PSAD56 o que adquirieron estas coordenadas en aplicación de la Ley 26615, que cuenten con resolución de extinción firme en el ámbito administrativo, serán retiradas del Catastro Minero Nacional.

El aviso del retiro de dichas áreas se efectúa junto con la publicación de la libre denunciabilidad. Estas áreas podrán peticionarse en cuadrículas a partir del primer día hábil, luego de vencido el mes inmediatamente posterior a dicha publicación de libre denunciabilidad.

Las áreas extinguidas por resolución firme en el ámbito administrativo minero de petitorios o concesiones que fueron formuladas bajo el sistema de coordenadas UTM referidas al PSAD56 o que adquirieron estas coordenadas en aplicación de la Ley 26615, superpuestas a los petitorios, y concesiones como áreas a respetar, se incorporarán a la concesión minera o petitorio minero.

La incorporación del área se publica en el Catastro Minero Nacional y se pone en conocimiento del titular en el padrón minero del año siguiente en que se produce la incorporación” .

Comentario

El artículo 66 establece que la Jefatura del Registro Público de Minería declara por resolución la caducidad, abandono, nulidad, renuncia y cancelación de concesiones y petitorios, inscribiendo tales actos en el Registro. Asimismo, regula el procedimiento de retiro de áreas extintas del Catastro Minero Nacional y la reinscripción de dichas áreas cuando se encuentren superpuestas a otros derechos mineros.

Temas: extinción de derechos mineros, registro público de minería, catastro minero nacional, libre denunciabilidad, caducidad y abandono minero, coordinación catastral de derechos