Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería
Artículo 141
Las denuncias por internamiento en concesión o petitorio ajeno, serán presentadas por escrito, por ante el Jefe de la Oficina de Concesiones Mineras del Registro Público de Minería, por el presunto agraviado, acompañando copia certificada de los títulos de su concesión y los de la del presunto infractor, en su caso. El Jefe de la Oficina de Concesiones Mineras dispondrá el nombramiento de un perito y ordenará la realización de una diligencia de inspección ocular, la que se practicará en un plazo no menor de diez días ni mayor de treinta días, que comprenderá el relacionamiento topográfico, la valorización de las sustancias minerales presuntamente extraídas, determinación de los daños y perjuicios ocasionados, en su caso, y el análisis del título de cada concesión.
Podrán concurrir a la operación pericial, las partes asistidas por ingenieros colegiados, civiles, mineros y geólogos, pudiendo dejar constancia de sus observaciones durante el acto de la diligencia.
El perito deberá emitir su informe pericial, en un plazo no mayor de treinta días de realizada la diligencia, salvo que, por la naturaleza de la operación, requiriese de un término mayor, que será autorizado por el Jefe de la Oficina de Concesiones Mineras.
El Jefe de la Oficina de Concesiones resolverá sobre lo actuado en un plazo no mayor de treinta (30) días.
Agotada la vía administrativa, se podrá contradecir la resolución ante el Poder Judicial, previo empoce en el Banco de la Nación o garantía suficiente de la suma que se hubiere ordenado pagar en la resolución administrativa que ponga fin a la instancia.
(Art. 258, Dec. Leg. Nº 109, Novena Disposición Final, Dec. Leg. Nº 708 y Art. 1, D.S. Nº 002-92-EM/VMM).
Comentario
Regula el procedimiento administrativo para denunciar internamiento en concesión o petitorio minero ajeno. Establece los requisitos de presentación, el proceso pericial con inspección ocular, plazos de ejecución y emisión de informe, y la resolución administrativa final, con acceso posterior a la vía judicial previa garantía económica.
Temas: internamiento en concesión minera, denuncia administrativa minera, inspección ocular y peritaje, procedimiento administrativo minero, garantía y empoce judicial, derechos de titulares de concesiones