Texto Unico Ordenado de la Ley General de Cooperativas

Artículo 93

El Reglamento de la presente Ley determinará:

1. Las atribuciones y jurisdicciones correspondientes, en orden jerárquico, al Consejo Directivo, Comité Ejecutivo, Director Ejecutivo y Directores Regionales del Instituto Nacional de Cooperativas;

2. La organización, el funcionamiento y las atribuciones del Tribunal de Arbitraje Cooperativo;

3. Los regímenes de organización y funcionamiento de las oficinas y servicios del Instituto y de la administración de sus bienes y recursos.

Comentario

El artículo 93 establece que un reglamento debe desarrollar la estructura jerárquica, competencias y funcionamiento del Instituto Nacional de Cooperativas, así como la organización del Tribunal de Arbitraje Cooperativo y el régimen administrativo del organismo. Constituye una norma de remisión que difiere al reglamento la precisión de aspectos organizacionales esenciales.

Temas: instituto nacional de cooperativas, órganos directivos, tribunal de arbitraje cooperativo, remisión reglamentaria, competencias administrativas, organización jerárquica