Texto Unico Ordenado de la Ley General de Cooperativas
Artículo 124
El Reglamento contendrá un léxico de los vocablos o frases utilizados en la presente Ley, en cuanto requieran ser explicados.
La palabra"Reglamento"usada en esta Ley tiene, en todo caso, la siguiente significación: REGLAMENTO O REGLAMENTOS DE LA PRESENTE LEY.
Comentario
El artículo 124 dispone que el Reglamento de la Ley General de Cooperativas debe incluir un léxico que defina los vocablos y frases cuya comprensión sea necesaria para la interpretación de la ley. Asimismo, precisa que toda mención al término 'Reglamento' en la ley se refiere exclusivamente a los reglamentos que la desarrollan.
Temas: interpretación legislativa, reglamento de ley, definiciones y glosarios, cooperativas, técnica normativa, univocidad terminológica