Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores
Artículo 324. Normas Aplicables
Las sociedades de propósito especial se rigen en primer lugar por lo dispuesto en la presente ley, y en lo que corresponda por las normas aplicables a las sociedades anónimas.
(Texto según el artículo 325 del Decreto Legislativo N° 861).
Comentario
El artículo 324 establece la jerarquía normativa aplicable a las sociedades de propósito especial utilizadas en procesos de titulización. Dispone que estas entidades se rigen primordialmente por la Ley del Mercado de Valores y, de forma supletoria, por las normas que regulan a las sociedades anónimas.
Temas: titulización, sociedades de propósito especial, patrimonios de propósito exclusivo, jerarquía normativa, supletoriedad, sociedades anónimas