Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores

Artículo 186. Impedimentos

No pueden ejercer el cargo de director, gerente u otro representante de sociedades agentes:

a) Quienes sean directores, gerentes o quienes ostenten algún cargo de dirección equivalente en empresas con valores inscritos en las bolsas en que la sociedad agente es asociada o accionista;

b) Quienes representan a personas jurídicas que ostenten la calidad de director y gerente general de empresas con valores inscritos en las bolsas en que la sociedad agente es asociada o accionista; y,

c) Otros que determine la SMV mediante disposiciones de carácter general.

Los impedimentos previstos en el presente artículo no son de aplicación a los miembros del Consejo Directivo o directores de las bolsas e instituciones de compensación y liquidación de valores, en los casos en que los valores emitidos por tales entidades se inscriban en Bolsa.

Comentario

El artículo establece un régimen de incompatibilidades funcionales que impide a personas naturales o sus representantes ejercer cargos directivos en sociedades agentes de bolsa si simultáneamente ostentan posiciones directivas en empresas con valores inscritos en las bolsas donde opera la sociedad agente. Busca evitar conflictos de intereses y duplicidad de control en el mercado de valores.

Temas: conflicto de intereses en intermediarios bursátiles, incompatibilidad de cargos en mercado de valores, independencia funcional de agentes de bolsa, autorización y supervisión de intermediarios, prohibiciones en el ejercicio de funciones directivas