Ley de Tributación Municipal (TUO)
Artículo 51
El Impuesto se determina aplicando las siguientes tasas:
a) Bingos, Rifas y Sorteos: 10%.
b) Pimball, juegos de video y demás juegos electrónicos: 10%.
c) Loterías y otros juegos de azar: 10%.
Comentario
El artículo establece las tasas impositivas uniformes del Impuesto a los Juegos que recaen sobre distintas modalidades de juegos de azar y entretenimiento. Estas tasas —todas del 10%— se aplican a bingos, rifas, sorteos, juegos electrónicos y loterías, constituyendo la medida fiscal que determina la carga tributaria municipal sobre tales actividades.
Temas: impuesto a los juegos, tasas tributarias, base imponible, juegos de azar, tributos municipales, alícuota