Ley de Tributación Municipal (TUO)

Artículo 51

El Impuesto se determina aplicando las siguientes tasas:

a) Bingos, Rifas y Sorteos: 10%.

b) Pimball, juegos de video y demás juegos electrónicos: 10%.

c) Loterías y otros juegos de azar: 10%.

Comentario

El artículo establece las tasas impositivas uniformes del Impuesto a los Juegos que recaen sobre distintas modalidades de juegos de azar y entretenimiento. Estas tasas —todas del 10%— se aplican a bingos, rifas, sorteos, juegos electrónicos y loterías, constituyendo la medida fiscal que determina la carga tributaria municipal sobre tales actividades.

Temas: impuesto a los juegos, tasas tributarias, base imponible, juegos de azar, tributos municipales, alícuota