Ley de Tributación Municipal (TUO)
Artículo 5
Los impuestos municipales son los tributos mencionados por el presente Título en favor de los Gobiernos Locales, cuyo cumplimiento no origina una contraprestación directa de la Municipalidad al contribuyente.
La recaudación y fiscalización de su cumplimiento corresponde a los Gobiernos Locales.
Comentario
El artículo define los impuestos municipales como tributos cuya recaudación corresponde a los Gobiernos Locales y cuya característica distintiva es la ausencia de contraprestación directa de la administración municipal al contribuyente. Establece, además, que la recaudación y fiscalización de estos impuestos es competencia municipal.
Temas: impuestos municipales, contraprestación directa, recaudación tributaria municipal, fiscalización tributaria local, autonomía financiera municipal, potestad tributaria