Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público
Artículo 81. Directivas y Obligación de Informar
81.1 La Dirección General de Presupuesto Público emite las directivas que contemplan los procedimientos y los plazos correspondientes al Proceso Presupuestario de las Entidades bajo su ámbito.
81.2 Las Entidades se encuentran obligadas a remitir a la Dirección General de Presupuesto Público la información presupuestaria que generen conforme a lo dispuesto en las Directivas a que hace referencia el numeral precedente.
Comentario
El artículo 81 establece la potestad normativa de la Dirección General de Presupuesto Público para emitir directivas que regulen los procedimientos y plazos del proceso presupuestario, y simultáneamente impone a las entidades públicas la obligación de remitir la información presupuestaria generada conforme a esas directivas.
Temas: dirección general de presupuesto público, directivas presupuestarias, obligación de informar, proceso presupuestario, uniformidad administrativa, información presupuestaria