Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público
Artículo 58. Informe Global de la Gestión Presupuestaria
58.1 El Informe Global de la Gestión Presupuestaria se efectúa anualmente y está a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Presupuesto Público, en coordinación con los Pliegos y Entidades a las que se refiere el Título V, y consiste en:
1. La revisión de los resultados obtenidos durante la gestión presupuestaria, sobre la base de los indicadores y otros instrumentos que se definan en el seguimiento.
2. La revisión del avance de la ejecución del gasto en términos financieros.
3. Los resultados de las evaluaciones.
58.2 El Informe al que se refiere el párrafo precedente se presenta, en el primer semestre del año fiscal siguiente, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República y a la Contraloría General de la República. La Evaluación Global de la Gestión Presupuestaria es publicada por el Ministerio de Economía y Finanzas en su portal institucional.
Comentario
El artículo 58 del Decreto Legislativo N° 1440 regula el Informe Global de la Gestión Presupuestaria, documento anual que elabora el Ministerio de Economía y Finanzas a través de su Dirección General de Presupuesto Público. Este informe sintetiza los resultados de la ejecución presupuestaria, el avance del gasto y las evaluaciones realizadas, siendo presentado ante el Congreso de la República y la Contraloría General, y publicado en el portal institucional del MEF.
Temas: evaluación presupuestaria, rendición de cuentas, transparencia fiscal, ejecución presupuestaria, control parlamentario y externo, información presupuestaria pública