Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público
Artículo 32. Publicación
32.1 La Ley de Presupuesto del Sector Público se publica en el Diario Oficial El Peruano, así como en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas antes del inicio del respectivo año fiscal.
32.2 Los Anexos de la Ley de Presupuesto del Sector Público son publicados en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas antes del inicio del respectivo año fiscal.
Comentario
El artículo 32 establece la obligación de publicar la Ley de Presupuesto del Sector Público y sus anexos en medios oficiales antes del inicio del año fiscal. La publicación en el Diario Oficial El Peruano y en el portal del Ministerio de Economía y Finanzas garantiza la accesibilidad y notificación formal de las asignaciones presupuestarias.
Temas: publicidad de actos administrativos, eficacia de la ley presupuestaria, transparencia fiscal, divulgación por medios electrónicos, ciclo presupuestario, vinculación de órganos ejecutores