Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público

Artículo 25. Articulación en la Administración Financiera del Sector Público

25.1 Para la estimación de la APM, se precisa de la siguiente información para el período multianual correspondiente:

a) De la Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización

Fiscal, la información de ingresos por fuente de financiamiento y rubro, según corresponda, incluyendo escenarios de riesgo sobre las desviaciones en las proyecciones de ingresos; así como los límites de gasto no financiero y gasto corriente sin mantenimiento, de corresponder, en consistencia con las reglas fiscales vigentes, a ser considerados en las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público;

entre otras variables macroeconómicas.

b) De la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones, el Programa Multianual de Inversiones que incluye la presentación del diagnóstico de brechas de infraestructura y acceso a servicios públicos, los criterios de priorización y la cartera de inversiones de los sectores del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos

Locales.

c) De la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos, los costos de los ingresos correspondientes a los Recursos Humanos del Sector Público, ya sean permanentes, periódicos, excepcionales u ocasionales, incluyendo la proyección de los costos de aquellas medidas en materia de ingresos de personal, a ser implementadas.

d) De la Dirección General del Tesoro Público, la estructuración financiera del Presupuesto del Sector Público, identificando los requerimientos de capital de corto y mediano plazo.

25.2 La Dirección General de Presupuesto Público coordinará con las Direcciones Generales mencionadas en el párrafo anterior la remisión de información complementaria, según corresponda.

Comentario

El artículo 25 del DL 1440 establece los requisitos informativos que deben cumplir las direcciones generales del Ministerio de Economía y Finanzas para que la Dirección General de Presupuesto Público estime la Asignación Presupuestaria Multianual (APM). Ordena la remisión coordinada de datos macroeconómicos, de inversiones, de recursos humanos y de estructura financiera, todos necesarios para la formulación presupuestaria multianual coherente.

Temas: asignación presupuestaria multianual, programación presupuestaria, coordinación fiscal, información presupuestaria, reglas fiscales, gestión de inversión pública