Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República
Tercera. Designación de jefaturas de órganos de auditoría interna
La aplicación de las disposiciones contenidas en los Artículos 19 y 40 de la Ley, se efectuará en forma progresiva, en función a la disponibilidad presupuestal asignada a la Contraloría General, con arreglo a los procedimientos y requisitos que para el efecto dictará el Órgano Contralor.
Comentario
Disposición transitoria que establece la aplicación gradual de las normas sobre designación de jefaturas de órganos de auditoría interna. La implementación está condicionada a la disponibilidad presupuestal de la Contraloría General y se ejecuta conforme a procedimientos que esta entidad dicte.
Temas: vigencia transitoria, aplicación progresiva, disponibilidad presupuestal, procedimientos administrativos, autonomía de la contraloría, órganos de auditoría interna