Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República

Primera. Vigencia de la Ley

La presente Ley entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Comentario

Disposición transitoria que establece el momento a partir del cual la Ley Orgánica N° 27785 produce efectos jurídicos vinculantes. La norma fija como fecha de entrada en vigencia el día inmediato siguiente a su publicación oficial en el Diario Oficial El Peruano.

Temas: vigencia de leyes, publicación oficial, disposiciones transitorias, entrada en vigor, diario oficial