Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República

Artículo 28. Requisitos para ser Contralor General

Son requisitos para ser Contralor General de la República:

a) Ser peruano de nacimiento.

b) Gozar del pleno ejercicio de los derechos civiles.

c) Tener al tiempo de la designación, no menos de 40 años de edad.

d) Tener título profesional universitario y estar habilitado por el colegio profesional correspondiente.

e) Tener un ejercicio profesional no menor a 10 años.

f) Tener conducta intachable, solvencia e idoneidad moral e independencia política que garanticen la confianza ciudadana en el ejercicio de su función.

g) Suscribir declaración jurada de no tener conflicto de intereses con la Contraloría General de la República y el Sistema Nacional de Control.

Son aplicables para todos los funcionarios y servidores públicos de los órganos que conforman el Sistema Nacional de Control señalados en los artículos 16 y 17 de la presente ley, lo establecido en los literales b), f) y g) del presente artículo.

Asimismo, respecto a lo dispuesto en el literal d), todos los funcionarios y servidores públicos de los órganos que conforman el Sistema Nacional de Control deben contar con título profesional universitario con colegiatura y habilitación profesional, cuando corresponda, o en caso de carrera técnica, acreditada con la titulación correspondiente. Esta última disposición no será aplicable para aquellas personas comprendidas en los alcances de la Ley 28518, Ley sobre Modalidades Formativas Laborales.

Comentario

El artículo establece los requisitos personales, profesionales y morales que debe cumplir quien aspire a ocupar la jefatura de la Contraloría General de la República. Estos requisitos buscan garantizar que el titular posea la idoneidad, independencia y experiencia necesarias para dirigir el sistema nacional de control. La norma también extiende algunos de estos requisitos a todos los funcionarios y servidores del Sistema Nacional de Control.

Temas: requisitos de elegibilidad, idoneidad moral e independencia política, conflicto de intereses, declaración jurada, capacidad técnica, integridad institucional