Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República
Artículo 16. Contraloría General
La Contraloría General es el ente técnico rector del Sistema Nacional de Control, dotado de autonomía administrativa, funcional, económica y financiera, que tiene por misión dirigir y supervisar con eficiencia y eficacia el control gubernamental, orientando su accionar al fortalecimiento y transparencia de la gestión de las entidades, la promoción de valores y la responsabilidad de los funcionarios y servidores públicos, así como, contribuir con los Poderes del Estado en la toma de decisiones y con la ciudadanía para su adecuada participación en el control social.
No puede ejercer atribuciones o funciones distintas a las establecidas en la Constitución Política, en esta Ley, las disposiciones reglamentarias y las normas técnicas especializadas que emita en uso de sus atribuciones.
Local ante el Consejo Regional o Concejo Municipal”)
R. N° 273-2007-CG (Aprueban Directiva sobre el Funcionamiento de las Brigadas Ciudadanas de la Contraloría General de la República “Brigada CGR”)
R. Nº 222-2010-CG (Aprueban Directiva “Disposiciones para el Uso del Sistema Paracas y registro de información para los jefes de los Órganos de Control Institucional”)
R. N° 216-2020-CG (Aprueban la Directiva “Asistencia técnica de la Contraloría General de la República, en el marco de los Concursos Públicos de Selección y Nombramiento del Jefe (a) de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y del Jefe (a) del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), a cargo de la Junta Nacional de Justicia”)
Comentario
El artículo 16 define a la Contraloría General como ente técnico rector del Sistema Nacional de Control, dotado de autonomía administrativa, funcional, económica y financiera. Su misión es dirigir y supervisar el control gubernamental orientado al fortalecimiento de la gestión pública, la transparencia y la responsabilidad de funcionarios. Se establece una limitación: no puede ejercer funciones distintas a las contempladas en la Constitución, esta ley y sus disposiciones reglamentarias.
Temas: autonomía institucional, ente rector, control gubernamental, función de control, límites competenciales, responsabilidad pública