Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad

Artículo 7. Oficinas de Contabilidad

7.1

Las Oficinas de Contabilidad o las que hagan sus veces en las entidades del Sector Público, son responsables de ejecutar el proceso contable en la entidad, sujetándose a las disposiciones que emita la Dirección

General de Contabilidad Pública.

7.2 Las Oficinas de Contabilidad o las que hagan sus veces en las entidades del Sector Público, tienen las siguientes funciones:

1. Proponer las políticas y procedimientos contables de la entidad conforme al marco para la preparación de información financiera y procedimientos establecidos por la Dirección General de Contabilidad

Pública, cuando corresponda. Estas políticas y procedimientos son aprobados con actos resolutivos de la entidad.

2. Analizar las transacciones y otros hechos económicos de la entidad y determinar su adecuado tratamiento contable, conforme a las políticas y procedimientos contables.

3. Efectuar las acciones conducentes para el reconocimiento, medición y presentación de las transacciones y otros hechos económicos de la entidad con fines de la información financiera.

4. Conciliar los saldos de las cuentas contables con las dependencias, oficinas o áreas de la entidad, que contribuya a asegurar la fiabilidad de la información financiera e información presupuestaria.

5. Preparar la información financiera e información presupuestaria individual, integrada o consolidada, acorde al marco para la preparación de información financiera y las normas aplicables, conforme a lo establecido por la Dirección General de Contabilidad Pública.

6. Efectuar acciones que contribuyan a la representación fiel de la información financiera, orientadas a evitar errores contables que requieran posteriores procesos de corrección.

Comentario

El artículo 7 define el rol y responsabilidades de las Oficinas de Contabilidad en las entidades del sector público. Establece que son órganos ejecutores del proceso contable, subordinados a las disposiciones de la Dirección General de Contabilidad Pública, y enumera seis funciones específicas orientadas a la gestión, análisis, registro y presentación de información financiera y presupuestaria.

Temas: contabilidad pública, información financiera, oficinas de contabilidad, proceso contable, entidades del sector público, información presupuestaria