Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad
Artículo 24. Análisis y procesamiento de la información
Consiste en el análisis y procesamiento de la información financiera e información presupuestaria, de acuerdo a las normas contables aprobadas y vigentes por la Dirección General de Contabilidad Pública, sin que ello implique la aprobación de la gestión o de los actos administrativos realizados por los responsables en las entidades del Sector Público.
Comentario
El artículo 24 define el análisis y procesamiento de la información financiera y presupuestaria que realiza la Dirección General de Contabilidad Pública conforme a normas contables vigentes. Establece que esta actividad técnica no constituye aprobación de la gestión administrativa ni de los actos de los responsables públicos.
Temas: consolidación contable, información financiera y presupuestaria, normas contables, cuenta general de la república, control técnico, rendición de cuentas