Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil
Séptima
Derógase los Decretos Leyes Nº s. 19987 y 26127, los Artículos 78, 79, 80 y 81 del Código de los Niños y Adolescentes, aprobado mediante el Decreto Ley Nº 26102, los Artículos 70, 71 72, 73, 74, 75, 2030, 2031, 2032, 2033, 2034 y 2035 del Código Civil aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 295, la Ley Nº 25025, el Decreto Supremo Nº 008-90-JUS, el Decreto Supremo Nº 043-93-JUS y todas las demás disposiciones que se opongan a la presente ley.
Comentario
Disposición derogativa que extingue la vigencia de normas anteriores incompatibles con la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Elimina decretos leyes específicos, artículos del Código de los Niños y Adolescentes y del Código Civil, decretos supremos y cualquier otra disposición que contravenga el régimen establecido por esta ley orgánica.
Temas: derogación de normas, registro de identificación y estado civil, jerarquía normativa, competencia registral, reformas del código civil, normas transitorias