Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil
Segunda
Modifícase el Artículo 7 del Decreto Ley N° 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia, en los siguientes términos.
"Artículo 7.- El Ministerio de Justicia cuenta con la siguiente estructura:
Alta Dirección
- Ministro - Despacho Ministerial
- Viceministro - Despacho Viceministerial
- Secretario General - Secretaría General
- Asesoria técnica
Organo Consultivo
- Comisión Consultiva
Organo de Control
- Inspectoría Interna
Organo de Defensa Judicial
- Procuraduría Pública a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Justicia.
Organo de Asesoramiento
- Oficina General de Economía y Desarrollo.
- Oficina General de Asesoría Jurídica.
Organos de Apoyo
- Oficina General de Administración.
- Oficina General de Informática.
Organos de Línea
- Dirección Nacional de Justicia.
- Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos
Consejos y Comisiones
- Consejo de Defensa Judicial del Estado
- Consejo del Notariado
- Consejo de Supervigilancia de Fundaciones
- Consejo Nacional de Derechos Humanos
- Consejo de la Orden del Servicio Civil
- Comisión Permanente de Calificación de Indultos."
Comentario
Disposición modificatoria que reforma el artículo 7 del Decreto Ley N° 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia, estableciendo la estructura organizacional del Ministerio de Justicia. Define la arquitectura administrativa mediante órganos de alta dirección, consulta, control, defensa judicial, asesoramiento, apoyo, línea, consejos y comisiones.
Temas: estructura orgánica ministerial, órganos de línea y apoyo, competencia administrativa, reforma normativa, organización de la administración pública