Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil

Segunda

Modifícase el Artículo 7 del Decreto Ley N° 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia, en los siguientes términos.

"Artículo 7.- El Ministerio de Justicia cuenta con la siguiente estructura:

Alta Dirección

- Ministro - Despacho Ministerial

- Viceministro - Despacho Viceministerial

- Secretario General - Secretaría General

- Asesoria técnica

Organo Consultivo

- Comisión Consultiva

Organo de Control

- Inspectoría Interna

Organo de Defensa Judicial

- Procuraduría Pública a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Justicia.

Organo de Asesoramiento

- Oficina General de Economía y Desarrollo.

- Oficina General de Asesoría Jurídica.

Organos de Apoyo

- Oficina General de Administración.

- Oficina General de Informática.

Organos de Línea

- Dirección Nacional de Justicia.

- Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos

Consejos y Comisiones

- Consejo de Defensa Judicial del Estado

- Consejo del Notariado

- Consejo de Supervigilancia de Fundaciones

- Consejo Nacional de Derechos Humanos

- Consejo de la Orden del Servicio Civil

- Comisión Permanente de Calificación de Indultos."

Comentario

Disposición modificatoria que reforma el artículo 7 del Decreto Ley N° 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia, estableciendo la estructura organizacional del Ministerio de Justicia. Define la arquitectura administrativa mediante órganos de alta dirección, consulta, control, defensa judicial, asesoramiento, apoyo, línea, consejos y comisiones.

Temas: estructura orgánica ministerial, órganos de línea y apoyo, competencia administrativa, reforma normativa, organización de la administración pública