Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil
Artículo 23
La Oficina General de Control Interno estará a cargo de fiscalizar la gestión administrativa de los funcionarios del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y supervigilar el desempeño administrativo para asegurar el estricto cumplimiento de la normatividad vigente.
Comentario
El artículo 23 asigna a la Oficina General de Control Interno la competencia de fiscalizar la gestión administrativa de los funcionarios del RENIEC y supervisar su desempeño, con el propósito de garantizar el cumplimiento normativo. Esta norma establece una función de control interno orientada al aseguramiento de la legalidad en la administración institucional.
Temas: control interno administrativo, fiscalización de funcionarios públicos, cumplimiento normativo, gestión administrativa, supervisión institucional