Segunda. De las aprobaciones
El Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción aprueba el Formulario Único Oficial y un Reglamento Interno modelo, a que se refiere la presente Ley.
Los interesados pueden optar entre adherirse al Reglamento Interno a que se refiere el párrafo anterior o elaborar y aprobar uno propio.
La Superintendencia Nacional de Registros Públicos, y el Registro Predial Urbano, en su caso, aprueban los modelos respectivos del Formulario Registral a que se refiere la presente Ley.
Séptima Disposición Transitoria,
Comentario
La Disposición Segunda Final establece que el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción aprueba un Formulario Único Oficial y un Reglamento Interno modelo aplicables a la regularización de edificaciones. Los interesados pueden adoptar ese modelo o elaborar un reglamento propio. La Superintendencia Nacional de Registros Públicos y el Registro Predial Urbano aprueban los modelos del Formulario Registral correspondiente.
Temas: regularización de edificaciones, formulario oficial, reglamento interno modelo, aprobación administrativa, registro predial, autonomía de la voluntad