Reglamento de la Ley del IGV e ISC
Artículo 11-L. Entidades del sistema financiero peruano
Las entidades del sistema financiero peruano a que se refiere el acápite iii del numeral 1 del inciso c) y el acápite iii del inciso g) del artículo 3 del Decreto son:
a) Las empresas de operaciones múltiples y empresas emisoras de dinero electrónico a que se refieren el literal A del artículo 16 y el numeral 4 del artículo 17 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N°
26702. b) El Banco de la Nación.
Comentario
Artículo que define e identifica a las entidades del sistema financiero peruano relevantes para efectos del régimen tributario del IGV e ISC en la región de la Selva. Especifica cuáles son las instituciones financieras que califican como tales conforme a la normativa de regulación del sistema financiero nacional.
Temas: entidades financieras, sistema financiero peruano, región de la selva, régimen tributario especial, dinero electrónico, remisión normativa