Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil
Vigésima Primera. Evaluación de desempeño de Directivos Públicos
La evaluación de las metas y compromisos de los directivos públicos se efectúa de conformidad con las directivas que emita SERVIR.
Comentario
Esta disposición complementaria transitoria establece que la evaluación del desempeño de los directivos públicos, específicamente respecto de sus metas y compromisos, se realiza conforme a las directivas que dicte la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR). Delega en esta entidad la potestad de establecer los estándares y procedimientos de evaluación aplicables a este grupo de servidores.
Temas: evaluación de desempeño, directivos públicos, metas y compromisos, servicio civil, potestad reglamentaria