Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil

Tercera. Precisiones a las normas del Tribunal del Servicio Civil

Precísese que el inciso h) del artículo 18 del Decreto Supremo 008-2010-PCM, Reglamento del Tribunal del Servicio Civil, no se aplica para los casos de impugnación de suspensión y término del Servicio Civil, de conformidad con el literal d) del artículo 50 de la Ley.

Comentario

Disposición que establece una excepción al procedimiento general de impugnación ante el Tribunal del Servicio Civil, especificando que el inciso h) del artículo 18 del DS 008-2010-PCM no rige para los casos de impugnación de suspensión y término de la relación de servicio civil. Circunscribe el ámbito de aplicación de una norma procesal preexistente conforme a lo dispuesto en la Ley 30057.

Temas: impugnación administrativa, tribunal del servicio civil, término del servicio civil, suspensión del servicio civil, procedimiento contencioso, coordinación normativa