Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil

Artículo 57. De las federaciones y confederaciones

Para constituir una federación, se requiere la unión de no menos de dos (02) organizaciones sindicales del mismo ámbito. Para constituir una confederación, se requiere la unión de no menos de dos (02) federaciones registradas.

Las federaciones y confederaciones se rigen por la Ley y el presente Reglamento.

Comentario

El artículo establece los requisitos mínimos para la constitución de federaciones y confederaciones de servidores civiles, exigiendo respectivamente la unión de al menos dos organizaciones sindicales del mismo ámbito y dos federaciones registradas. Tanto federaciones como confederaciones quedan sujetas a la normativa de la Ley del Servicio Civil y su Reglamento.

Temas: sindicación de servidores civiles, federaciones sindicales, confederaciones sindicales, requisitos de constitución de organizaciones sindicales, representación colectiva en sector público, derechos colectivos