Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil
Artículo 36. Adecuaciones o modelos alternativos
Las entidades pueden plantear metodologías, instrumentos o procedimientos alternativos a los que establezca SERVIR para la gestión del rendimiento o proponer adecuaciones de los mismos, siempre que sea justificable conforme a los criterios establecidos en la directiva que desarrolla el subsistema de gestión del rendimiento.
Las alternativas o adecuaciones deberán ser previamente validadas por SERVIR quien de conformidad con lo dispuesto en el literal b) del Artículo 27 del presente Reglamento podrá recomendar ajustes o medidas correctivas sobre la implementación de las mismas.
Comentario
El artículo autoriza a las entidades públicas para diseñar metodologías, instrumentos o procedimientos alternativos o adaptados respecto a los estándares establecidos por SERVIR para la gestión del rendimiento de sus servidores civiles. Estas adecuaciones requieren justificación conforme a criterios reglamentarios y validación previa de SERVIR, quien puede recomendar ajustes correctivos.
Temas: gestión del rendimiento, flexibilidad normativa, modelos alternativos, validación administrativa, autonomía institucional, control técnico