Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil
Artículo 253. Capacitación
La capacitación para los servidores civiles de carrera conlleva su especialización y preparación para el desarrollo de funciones más complejas. El servidor civil de carrera puede solicitar participar en la formación laboral y profesional que organice la Entidad, para la familia de puestos a la que pertenece el servidor civil de carrera o para otra familia de puestos.
Asimismo, la entidad definirá si otorga licencia con goce de compensación en los programas de formación profesional.
Comentario
El artículo 253 regula el derecho y el procedimiento de capacitación para servidores civiles de carrera. Establece que la capacitación tiene por objeto su especialización y preparación para funciones de mayor complejidad, y faculta al servidor a solicitar participación en programas de formación laboral y profesional organizados por la entidad, ya sea dentro de su familia de puestos o en otras.
Temas: capacitación y formación profesional, desarrollo de competencias en el servicio civil, movilidad dentro de familias de puestos, licencia con goce de compensación, discrecionalidad de la administración empleadora