Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil
Artículo 242. Del fortalecimiento de capacidades
SERVIR desarrollará la planificación e implementación de acciones destinadas a fortalecer las capacidades del grupo directivo. Para ello, está habilitado a solicitar información sobre las evaluaciones de desempeño a las entidades, así como cualquier otra información pertinente para cumplir con sus objetivos de fortalecimiento.
Comentario
El artículo 242 atribuye a SERVIR la responsabilidad de planificar e implementar acciones de fortalecimiento de capacidades dirigidas a los directivos públicos del servicio civil. Asimismo, le confiere facultad para solicitar a las entidades información sobre evaluaciones de desempeño y otros datos relevantes necesarios para cumplir este objetivo.
Temas: fortalecimiento de capacidades, directivos públicos, evaluación de desempeño, información administrativa, gestión del talento en sector público, competencias de servir