Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil

Artículo 228. La indemnización por la destitución nula o injustificada

La indemnización por la destitución nula o injustificada para servidores de actividades complementarias

Comentario

Regula la indemnización que corresponde a servidores de actividades complementarias cuya destitución sea declarada nula o carezca de justificación legal. Constituye una garantía patrimonial de reparación ante el ejercicio arbitrario o irregular del poder disciplinario en la función pública.

Temas: destitución nula, destitución injustificada, indemnización administrativa, actividades complementarias, procedimiento disciplinario, derecho a la defensa