Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil
Artículo 22. Certificación de programas de capacitación
SERVIR realiza la certificación de los programas de formación laboral y formación profesional ofrecidos por los proveedores de capacitación públicos y privados, preferentemente sobre los temas de gestión pública, políticas públicas, desarrollo y gestión de proyectos para los tres niveles de gobierno, con el fin de asegurar estándares de calidad adecuados.
El proceso de certificación es voluntario y podrá ser delegado a entidades nacionales o internacionales competentes en la materia. El proceso de certificación será definido por SERVIR estableciendo los plazos de validez de la certificación, procedimientos de renovación o retiro de la certificación, tipos de capacitadores que pueden aplicar, criterios de evaluación y estándares, entre otros.
Comentario
El artículo atribuye a SERVIR la competencia de certificar programas de formación laboral y profesional ofrecidos por proveedores públicos y privados, priorizando temas de gestión pública y desarrollo de proyectos. La certificación es voluntaria, delegable y busca garantizar estándares de calidad en la capacitación del personal de la administración pública.
Temas: certificación de capacitación, aseguramiento de calidad en formación, gestión de proveedores de capacitación, competencia regulatoria de servir, estándares de formación profesional, acreditación voluntaria