Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil

Artículo 164. Finalidad del proceso de selección

El proceso de selección tiene por objeto seleccionar a las personas idóneas para el puesto sobre la base del mérito, la transparencia y la igualdad de oportunidades. Estos principios deberán respetarse durante todas las etapas del proceso en mención.

Comentario

El artículo 164 establece la finalidad fundamental del proceso de selección en el servicio civil: identificar candidatos idóneos conforme a criterios de mérito, transparencia e igualdad de oportunidades. Esta finalidad vinculante debe observarse en todas las fases del procedimiento de incorporación.

Temas: selección por mérito, transparencia administrativa, igualdad de oportunidades, acceso a función pública, incorporación al servicio civil, principios rectores