Reglamento del Procedimiento de Fiscalización de la SUNAT

Primera. De los Procedimientos de Fiscalización en trámite

No serán aplicables a los Procedimientos de Fiscalización que se encuentren en trámite:

a) Los requisitos mínimos de los documentos, respecto de aquellos emitidos antes de la entrada en vigencia del presente dispositivo.

b) El inicio del Procedimiento de Fiscalización conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo 1.

Comentario

Establece que los procedimientos de fiscalización iniciados antes de la entrada en vigencia del reglamento no están sujetos a los nuevos requisitos documentales ni al nuevo procedimiento de inicio regulado en el artículo 1. Constituye una regla de aplicación temporal que evita la retroactividad normativa y asegura la continuidad de procedimientos ya iniciados.

Temas: aplicación temporal de normas, retroactividad normativa, procedimiento de fiscalización, derechos adquiridos, transición regulatoria, validez de documentos