Reglamento del Procedimiento de Fiscalización de la SUNAT
Primera. De los Procedimientos de Fiscalización en trámite
No serán aplicables a los Procedimientos de Fiscalización que se encuentren en trámite:
a) Los requisitos mínimos de los documentos, respecto de aquellos emitidos antes de la entrada en vigencia del presente dispositivo.
b) El inicio del Procedimiento de Fiscalización conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo 1.
Comentario
Establece que los procedimientos de fiscalización iniciados antes de la entrada en vigencia del reglamento no están sujetos a los nuevos requisitos documentales ni al nuevo procedimiento de inicio regulado en el artículo 1. Constituye una regla de aplicación temporal que evita la retroactividad normativa y asegura la continuidad de procedimientos ya iniciados.
Temas: aplicación temporal de normas, retroactividad normativa, procedimiento de fiscalización, derechos adquiridos, transición regulatoria, validez de documentos