Reglamento del Procedimiento de Fiscalización de la SUNAT
Artículo 3. De las Cartas
La SUNAT a través de las Cartas comunicará al Sujeto Fiscalizado lo siguiente:
a) Que será objeto de un Procedimiento de Fiscalización, parcial o definitiva, presentará al Agente Fiscalizador que realizará el procedimiento e indicará, además, los períodos, tributos o las Declaraciones Aduaneras de Mercancías que serán materia del procedimiento. Tratándose del Procedimiento de Fiscalización Parcial se indicarán además los aspectos a fiscalizar.
b) La ampliación del Procedimiento de Fiscalización a nuevos períodos, tributos o Declaraciones Aduaneras de Mercancías según sea el caso. Tratándose de la ampliación de un Procedimiento de Fiscalización Parcial se deberán señalar los nuevos aspectos a fiscalizar.
c) La ampliación de un Procedimiento de Fiscalización Parcial a un Procedimiento de Fiscalización Definitiva, indicándose que la documentación a presentar será la señalada en el primer requerimiento referido a la fiscalización definitiva.
d) El reemplazo del Agente Fiscalizador o la inclusión de nuevos agentes.
e) La suspensión de los plazos de fiscalización y la prórroga a que se refiere el numeral 2 del artículo 62-A del Código Tributario.
f) Cualquier otra información que deba notificarse al Sujeto Fiscalizado durante el Procedimiento de Fiscalización, siempre que no deba estar contenida en los demás documentos que son regulados en los artículos 4, 5 y 6.
Comentario
El artículo 3 regula el instrumento de comunicación mediante el cual la SUNAT notifica al contribuyente el inicio, ampliación, transformación o variaciones del procedimiento de fiscalización. Las Cartas constituyen el medio formal por el cual se informa al sujeto fiscalizado sobre el alcance, períodos, tributos, aspectos a fiscalizar y cambios en la dirección del procedimiento.
Temas: procedimiento de fiscalización tributaria, comunicación administrativa en tributación, fiscalización parcial y definitiva, notificación al contribuyente, ampliación y transformación de procedimiento, debido proceso tributario