Reglamento del Senado

Artículo 9. Función de representación

La función de representación comprende las acciones de interacción con la población para conocer sus inquietudes y expectativas sobre cualquier asunto de interés público y, de ser el caso, procesarlas para su atención, de acuerdo con la Constitución Política del Perú, el Reglamento del Congreso y el presente reglamento.

Los senadores, en el ejercicio de sus funciones, pueden expresar, defender y promover las posiciones ideológicas, programáticas y partidarias que representan en el marco del respeto a la Constitución Política del Perú, a las leyes y a la ética parlamentaria.

Comentario

El artículo define la función de representación del Senado como la interacción sistemática con la población para identificar y procesar sus inquietudes sobre asuntos de interés público. Reconoce además el derecho de los senadores a expresar y defender posiciones ideológicas, programáticas y partidarias dentro del marco constitucional y ético.

Temas: representación parlamentaria, función de interacción ciudadana, libertad de expresión política, ética parlamentaria, procesamiento de demandas sociales