Reglamento del Senado

Artículo 7. Función legislativa

La función legislativa comprende la revisión, el debate, la aprobación, la modificación o el rechazo de las propuestas legislativas remitidas por la Cámara de Diputados, de acuerdo con lo establecido en la Constitución Política del Perú, el Reglamento del Congreso de la República y el presente reglamento.

También comprende la presentación, el debate y la aprobación de proposiciones legislativas de competencia exclusiva del Senado y las relativas a las normas del Senado, así como su modificación, interpretación y derogación.

Comentario

El artículo define la función legislativa del Senado como el conjunto de actos de revisión, debate, aprobación, modificación o rechazo de proyectos remitidos por la Cámara de Diputados, conforme a la Constitución y reglamentos. Incluye también la iniciativa, debate y aprobación de proposiciones de competencia exclusiva senatorial y de autorregulación.

Temas: función legislativa, bicameralismo parlamentario, competencia exclusiva, autorregulación normativa, revisión legislativa, procedimiento parlamentario