Reglamento del Senado

Artículo 33. Agenda legislativa del Pleno

Al inicio de cada periodo anual de sesiones del Senado, los grupos parlamentarios y el Consejo de Ministros presentan una propuesta de agenda legislativa del Senado, que detalla los temas que consideren importantes y necesarios debatir, revisar y aprobar en dicho periodo legislativo. El Pleno del Senado vota la inclusión en la Agenda Legislativa de estos temas o propuestas legislativas, incluyéndose en esta solo a los que obtengan mayoría simple.

El debate de estos temas o propuestas legislativas tiene prioridad, tanto en las comisiones como en el Pleno del Senado, salvo lo dispuesto en el artículo 105 de la Constitución Política del Perú, lo que no impide que puedan dictaminarse, debatirse y revisarse otras propuestas legislativas.

Comentario

El artículo 33 regula la formación y aprobación de la Agenda Legislativa del Senado al inicio de cada periodo anual de sesiones. Establece que grupos parlamentarios y Consejo de Ministros presentan propuestas temáticas, que son votadas por el Pleno con criterio de mayoría simple, otorgando prioridad de debate a los asuntos incluidos, salvo excepciones constitucionales.

Temas: agenda legislativa del senado, periodo anual de sesiones, mayoría simple en cámara legislativa, prioridad legislativa procesal, grupos parlamentarios, poder ejecutivo en legislatura